Problemas con las nuevas reglas de formato en el Reglamento CLP

La Asociación Española de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir (ASEFAPI) desea expresar su posición respecto a las nuevas normas de formato establecidas en el Reglamento (UE) 2024/2865 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2024, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

Consideramos que el Reglamento no aborda los importantes costes económicos y medioambientales derivados de las modificaciones, y, por tanto, no está alineado con las prioridades de la Unión Europea. Nos referimos en concreto a la modificación del artículo 31(3) del Reglamento CLP y del apartado 1.2.1.4 del Anexo I, que introduce la obligación de cumplir con nuevas normas de formato que hasta ahora eran recomendaciones de la ECHA, en particular el tamaño mínimo de la fuente. Esta modificación dificultará que la industria acomode la gran cantidad de texto exigido por la legislación en las etiquetas, especialmente en los envases más pequeños.

Se propone el uso de etiquetas desplegables como solución a la falta de espacio en la etiqueta: si bien existen avances tecnológicos en el sector que permiten una mayor flexibilidad en el uso de etiquetas desplegables, esta medida no aborda adecuadamente los costes económicos y medioambientales que conlleva. Esta opción no ha sido suficientemente analizada y en realidad no es una solución viable, ya que existen muchos elementos que deben figurar en la primera cara y cumplir con el nuevo formato. Además, la etiqueta desplegable es más propensa a desgarrarse tras el primer uso del envase, por lo que no garantiza que el producto esté correctamente etiquetado durante toda su vida útil.

A pesar de los estudios realizados durante el proceso de revisión a petición de la Comisión, ASEFAPI considera que esta cuestión no ha sido tenida en cuenta de forma adecuada. El considerando explicativo destaca la necesidad de mejorar la comunicación sobre los peligros de los productos químicos y de proporcionar una mejor protección a los consumidores, la salud humana y el medio ambiente. Esto se basó en un estudio de 2017 que indicaba que el 55% de los ciudadanos de la UE se sentían insuficientemente informados sobre los posibles peligros de los productos químicos en los productos de consumo. En este contexto, es importante señalar que el objetivo de mejorar la comunicación, en lo que respecta a la legibilidad de las etiquetas para los consumidores, no depende necesariamente del tamaño de la fuente, sino de la eficacia en la transmisión de la información. Por tanto, aumentar el tamaño de la fuente no parece ser el método más adecuado para alcanzar dicho objetivo.

El Informe de Evaluación de Impacto no proporcionó una evaluación exhaustiva de los impactos inmediatos, lo que podría debilitar la eficacia de estas nuevas medidas. Destacamos lo siguiente: a) Carece de referencias explícitas a estudios que demuestren cómo la modificación mejoraría la legibilidad de las etiquetas. En consecuencia, resulta difícil comprender la justificación de la decisión legislativa de la Comisión; y b) Existe una notable ausencia de evidencia que indique que la Comisión haya considerado los costes estimados asociados a la adopción de etiquetas desplegables. Estos costes incluyen gastos adicionales en tintas, adhesivos, papel, gestión de residuos derivados del reenvasado, reconfiguración de maquinaria y recursos humanos. Se estima que estos costes superarían los 150 millones de euros en la UE, lo que podría resultar en un incremento del 5 al 10% (o más) en el coste total de los productos, que podría trasladarse finalmente a los consumidores.

También debe tenerse en cuenta que el artículo 17(2) del Reglamento CLP exige que las etiquetas estén redactadas en la(s) lengua(s) oficial(es) de los Estados miembros. En países con más de una lengua oficial, como Bélgica, que tiene tres idiomas, el aumento del tamaño de la fuente dificulta incluir toda la información obligatoria.

La exclusión de idiomas de la etiqueta podría restringir injustificadamente la libre circulación de mercancías entre Estados miembros, como establece el artículo 28 del TFUE. Esto afectaría especialmente a los mercados de lenguas minoritarias, obligando a las empresas a producir etiquetas separadas por país, lo que contradiría los principios del mercado interior.

Otro aspecto que debe considerarse es el aumento del número de unidades de mantenimiento de stock («SKUs») que resultará de la rápida implementación de nuevos envases y etiquetas desplegables conforme a los cambios propuestos. Actualmente: a) El aumento de SKUs complica el proceso de almacenamiento y transporte, lo que conlleva un aumento sustancial de los costes logísticos, y b) La introducción de nuevos envases y etiquetas desplegables genera un aumento en la producción de residuos, que requiere mayor esfuerzo de gestión, desde la recogida hasta el reciclaje, generando costes adicionales para las empresas.

A la luz de lo anterior, ASEFAPI propone dos alternativas realistas y proporcionadas para mitigar las consecuencias no deseadas del actual Reglamento, sin dejar de perseguir el objetivo de mejorar la información al consumidor:

  1. Eliminar la obligación del tamaño mínimo de la fuente, volviendo al sistema anterior en el que tales especificaciones eran simplemente recomendaciones de la ECHA. Esto devolvería flexibilidad a la industria, permitiendo a cada empresa adaptar el formato de las etiquetas según el tamaño del envase y las necesidades multilingües, respetando siempre los principios de legibilidad.
  2. Ampliar la lista de elementos de etiquetado que pueden figurar exclusivamente en formato digital, utilizando códigos QR u otros mecanismos similares.

La preocupación de que la población general no esté preparada digitalmente ya no es válida. La propia Comisión Europea está desarrollando activamente el Pasaporte Digital de Producto, que será obligatorio para una amplia gama de productos en un futuro próximo. Además, desde la pandemia de COVID-19, el uso de códigos QR se ha generalizado, especialmente en la hostelería, donde consumidores de todas las edades se han adaptado al acceso a menús y servicios en formato digital. Esta alfabetización digital generalizada demuestra que los consumidores son capaces de obtener información esencial del producto a través de tecnologías QR.

Estas dos alternativas permitirían alcanzar un mejor equilibrio entre la protección del consumidor, la eficacia legislativa y la sostenibilidad y competitividad del sector manufacturero europeo.

Confiamos en que, mediante un diálogo abierto y colaborativo, podamos encontrar soluciones que promuevan el interés común y el bienestar de todas las partes implicadas.

ASEFAPI
La Asociación Española de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir (ASEFAPI) es una entidad privada, independiente, sin ánimo de lucro y reconocida nacional e internacionalmente cuya misión fundamental es representar y proteger los intereses comunes de los asociados, ante organismos públicos y privados, así como mantener informados a sus miembros de cualquier circunstancia que afecte al sector.  Actualmente, forman parte de la asociación más de 100 empresas que suponen el 85% del mercado de pinturas y tintas de imprimir en España y generan más de 8.000 puestos de trabajo.

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